jueves, 11 de julio de 2013
BASES PARA LA CONTRATACIÓN LABORAL TEMPORAL DE DOS OFICIALES DE ALBAÑILERÍA A TIEMPO PARCIAL.
EDICTO.
La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 10 de Julio de 2013, aprobó las siguientes Bases:
BASES PARA LA CONTRATACION LABORAL TEMPORAL DE DOS OFICIALES DE ALBAÑILERIA A TIEMPO PARCIAL.
Primera.- Objeto de la convocatoria.
El objeto de las presentes bases es regular el proceso selectivo para la contratación con carácter temporal de dos oficiales de albañilería a tiempo parcial, de conformidad con la resolución de la Alcaldía de fecha tres de mayo de dos mil doce y número 476 Por la que se declara servicio esencial “el mantenimiento de los parques públicos y la protección del medio ambiente en relación a evitar posibles incendios. Así como la reparación de calles y aceras para el uso de los ciudadanos”, y por un período de tres meses.
Tipo de contrato: laboral temporal, por acumulación de tareas o exceso de pedidos, al amparo de lo dispuesto en el art. 3 del R.D. 2720/98, de 18 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada.
Jornada: Continuada, 30 h., de lunes a viernes con los descansos que establece la ley.
Salario: El establecido en el Presupuesto de personal para el ejercicio 2013, equiparable a uno igual o similar de la plantilla de este Ayuntamiento.
La selección se realizará mediante el sistema de concurso de méritos, a los efectos que queden garantizados los principios de igualdad, mérito y capacidad.
Segunda.- Requisitos de los Aspirantes
Para participar en esta convocatoria, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos referidos al día en que finalice el plazo de presentación de instancias:
a) Ser español, o ciudadano de la Unión Europea o de aquellos estados a los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos previstos en la Ley estatal que regula esta materia.
b) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder de aquélla en que se pueda acceder a la Jubilación en el Régimen General de la Seguridad Social.
c) Poseer la titulación de Graduado Escolar o equivalente.
d) No padecer defecto o enfermedad que impida el desempeño de las funciones objeto del contrato.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del Estado, las Comunidades Autónomas o las Entidades Locales o hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
f) No haber sido despedido laboralmente por causa imputable al trabajador en virtud de sentencia firme.
g) No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad para contratar con el Ayuntamiento de Segorbe.
h) Estar desempleado o ser demandante de empleo registrado en el Servicio Valenciano de Empleo (SERVEF).
Tercera.- Plazo y lugar de presentación de solicitudes, y documentación a aportar junto a las mismas.
1.- Las instancias para tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Segorbe, utilizándose el modelo que figura en el Anexo I. En las mismas, los aspirantes deberán de manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos que se exigen en las presentes bases Junto con la instancia deberán acompañar los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada del DNI o documentación acreditativa equivalente.
b) Curriculum Vitae.
c) Certificados de tiempo trabajado o en su defecto contratos y ceses, en los que se haga constar el objeto del trabajo.
d) Copia de certificados o diplomas de cursos relacionados con el puesto de trabajo objeto de esta contratación en los que se especifique el número de horas.
e) Certificado de estar inscrito en el SERVEF que acredite la condición y el tiempo en el desempleo.
f) Fotocopia compulsada de la titulación exigida.
g) Libro de familia y/o certificado de convivencia.
h) Fotocopia compulsada de la declaración de la renta del ejercicio 2012 o en su defecto certificado negativo de la Agencia Tributaria.
i) Fotocopia compulsada en su caso, de haber realizados cursos de formación en prevención de riesgos laborales.
j) Cualquier documento que el aspirante considere necesario para acreditar méritos baremables.
2.- Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Segorbe en horario de oficina, o por alguno de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999.
3.- El plazo de presentación de instancias será de diez días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en la página web municipal.
Cuarta.- Admisión de los aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución, en el plazo máximo de 3 días naturales, declarando aprobadas la lista provisional de admitidos y excluidos.
En esta resolución, que se publicará en el tablón de edictos del ayuntamiento y en la página web, constará el nombre y apellidos de los aspirantes admitidos y excluidos y en su caso, el motivo de la no admisión.
Contra esta resolución se podrá presentar reclamación en el plazo de 2 días hábiles desde su publicación. Si se presentan reclamaciones serán aceptadas o recusadas en la resolución por la que se apruebe a lista definitiva, que se publicará asimismo, en los lugares indicados para la lista provisional. En el mismo acto administrativo, se indicará además la constitución y composición del Tribunal. Todo ello sin perjuicio de lo que se dispone en el artículo 71 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por lo que se refiere a la subsanación de deficiencias.
Quinta.- Tribunal calificador.
1.- Composición.
El Tribunal calificador estará constituido por:
- Presidente: El Secretario de la Corporación.
- Secretario: Un funcionario designado por la Alcaldía.
- Tres vocales designados por la Alcaldía.
La composición del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes. Los vocales deberán de poseer titulación o especialización igual o superior a la exigida en esta convocatoria.
2.- Abstención y recusación.
Cuando concurran en los miembros del Tribunal alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, estos se abstendrán de intervenir y notificarán esta circunstancia a la Alcaldía; asimismo, los aspirantes podrán recusarlos en la forma prevista en el artículo 29 de la citada ley.
3.- Constitución y actuación.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus integrantes, titulares o suplentes, indistintamente. Todos los miembros del Tribunal tendrán voz y voto.
Sexta.- Concurso.
Se procederá a la valoración de los méritos aportados por los candidatos, según la siguiente baremación:
1.- EXPERIENCIA PROFESIONAL: hasta un máximo de 2 puntos.
Por cada mes completo de trabajo en la Administración Pública en un puesto de igual o similar características al ofertado se concederá 0,1.
Por cada mes completo de trabajo en la empresa privada en un puesto de igual o similar características al ofertado se concederá, 0,05 puntos.
2.- FORMACION: Hasta un máximo de 2 puntos.
ACADEMICA: Por estar en posesión de los títulos que a continuación se relacionan:
• Ciclo Formativo de Grado Medio 0,5 puntos.
• Ciclo Formativo de Grado superior 1,00 puntos.
POR ASISTENCIA A CURSOS: Cursos de formación que tengan relación directa, a juicio del tribunal, con las tareas a desempeñar en el puesto convocado, hasta un máximo de 1 punto.
Cursos hasta 10 horas 0,25 puntos.
Cursos de 11 hasta 20 horas 0,50 puntos.
Cursos de 21 hasta 50 horas 0,75 puntos.
Cursos de más de 51 horas 1,00 puntos.
No se valorarán los cursos en cuyo justificante no se acredite su duración.
3.- RENTAS. Se asignará hasta un máximo de 4 puntos en función de la renta per cápita de la unidad familiar, obtenida esta del cociente entre la suma de las distintas rentas obtenidas por cualquier concepto y el número de miembros de la unidad familiar. Todo ello de conformidad con las declaraciones de renta presentadas y referidas al ejercicio 2011. La asignación de la puntuación se hará teniendo en cuenta el referido cociente y con la siguiente escala:
1) de 0 a 2000€, 4 puntos.
2) de 2001 a 3000€, 3 puntos
3) de 3001 a 4000€, 2 puntos
4) de 4001 a 5000€, 1 punto
5) de más de 5001€, 0 puntos
Los aspirantes que no puedan aportar la declaración de la renta por no estar obligados a realizarla, deberán presentar certificado negativo expedido por la Delegación de Hacienda que corresponda.
4.- Situación de desempleo, hasta un máximo de 2 puntos.
Por estar desempleado inscrito en la oficina de empleo como demandante por un período superior a 6 meses: 0,5 puntos.
Por estar desempleado e inscrito en la oficina de empleo como demandante por un período superior a 1 año: 1 punto.
Por estar desempleado e inscrito en la oficina de empleo como demandante por un período superior a 2 años: 2 puntos.
4.- Cursos de formación de taller de empleo en la modalidad de pintura: 1 punto por cuso realizado.
5.- Carencia de prestaciones o subsidio por desempleo: 1 punto.
6.- Empadronamiento en el Municipio de Segorbe con anterioridad a la publicación de las presentes bases: 1 punto.
En caso de empate, tendrán preferencia en primer lugar los candidatos con mayor antigüedad en su situación de desempleo, la cual se verificará a partir de su fecha de inscripción como demandante de empleo en los centros SERVEF. Si el empate continuase, decidirá el candidato de mayor edad. Y si dicho empate persistiera, la solución vendría dada por la acreditación, mediante informe motivado de Servicios Sociales, de situaciones de exclusión social o de violencia de género o doméstica padecidas por el candidato.
Séptima.- Calificación y relación de aprobados.
La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, estableciéndose así el orden de llamamiento. Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en la página web del mismo, por orden de puntuación.
Publicada la relación, el Tribunal elevará a la autoridad competente la propuesta para la contratación según corresponda.
Octava.- Incidencias.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten, interpretar las bases de esta convocatoria y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo.
Novena.- Legislación aplicable.
En lo no previsto en estas bases se estará a lo establecido en las disposiciones siguientes:
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local.
Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueban las Disposiciones vigentes en materia de Régimen Local.
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública y sus posteriores modificaciones.
Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de funcionarios de la Administración Local.
Decreto Legislativo de 24 de octubre de 1995 de la Generalidad Valenciana, por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley de la Función Pública Valenciana.
Decreto 33/1999, de 9 de marzo, del Gobierno Valenciano por el que se aprueba el Reglamento de Selección, provisión de puestos de trabajo y carrera administrativa del personal comprendido en el ámbito de aplicación de la ley de la Función Pública Valenciana.
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y Provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.
El Decreto 175/2006, de 24 de noviembre, del Consell, por el que se regulan las condiciones de trabajo del personal al servicio de la Administración del Consell.
Decreto 68/2012, de 4 de mayo, del Consell, por el que se modifica el Decreto 175/2006, de 24 de noviembre, del Consell, por el que se regulan las condiciones de trabajo del personal al servicio de la Administración del Consell.
Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
Real Decreto Legislativo 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público.
Decima.- Recursos. Contra las presente bases específicas y cuantos administrativos se deriven de las mismas podrán interponerse los recursos previstos en la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de interponer cualquier otro recurso o acción que estime procedente.
En Segorbe, a once de julio de dos mil trece. EL ALCALDE, Fdo.: Rafael Calvo Calpe.
***** DATOS PERSONALES Apellidos y Nombre: __________________________________ Fecha de Nacimiento: __________N.I.F. __________________ Domicilio: _________________________de _______________ Código Postal ________Teléfono: ______________________ DATOS DE LA CONVOCATORIA: Contratación de dos oficiales albañilería a tiempo parcial y por un periodo de tres meses DECLARA: Que cumple todos y cada uno de los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, SOLICITA: Ser admitido al concurso para cubrir las necesidades de los puestos de trabajo mencionados en la presente instancia, declarando que son ciertos todos los datos consignados en la misma. DOCUMENTACIÓN QUE ACOMPAÑA: 1. ________________________________________________________ 2. ________________________________________________________ 3. ________________________________________________________ 4. ________________________________________________________ 5. ________________________________________________________ 6. ________________________________________________________ 7. ________________________________________________________ 8. ________________________________________________________ 9. ________________________________________________________ 10. ________________________________________________________
En Segorbe, a de de 2013 Fdo.: ________________________________ ILMO. SR. ALCALDE EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SEGORBE
La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 10 de Julio de 2013, aprobó las siguientes Bases:
BASES PARA LA CONTRATACION LABORAL TEMPORAL DE DOS OFICIALES DE ALBAÑILERIA A TIEMPO PARCIAL.
Primera.- Objeto de la convocatoria.
El objeto de las presentes bases es regular el proceso selectivo para la contratación con carácter temporal de dos oficiales de albañilería a tiempo parcial, de conformidad con la resolución de la Alcaldía de fecha tres de mayo de dos mil doce y número 476 Por la que se declara servicio esencial “el mantenimiento de los parques públicos y la protección del medio ambiente en relación a evitar posibles incendios. Así como la reparación de calles y aceras para el uso de los ciudadanos”, y por un período de tres meses.
Tipo de contrato: laboral temporal, por acumulación de tareas o exceso de pedidos, al amparo de lo dispuesto en el art. 3 del R.D. 2720/98, de 18 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada.
Jornada: Continuada, 30 h., de lunes a viernes con los descansos que establece la ley.
Salario: El establecido en el Presupuesto de personal para el ejercicio 2013, equiparable a uno igual o similar de la plantilla de este Ayuntamiento.
La selección se realizará mediante el sistema de concurso de méritos, a los efectos que queden garantizados los principios de igualdad, mérito y capacidad.
Segunda.- Requisitos de los Aspirantes
Para participar en esta convocatoria, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos referidos al día en que finalice el plazo de presentación de instancias:
a) Ser español, o ciudadano de la Unión Europea o de aquellos estados a los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos previstos en la Ley estatal que regula esta materia.
b) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder de aquélla en que se pueda acceder a la Jubilación en el Régimen General de la Seguridad Social.
c) Poseer la titulación de Graduado Escolar o equivalente.
d) No padecer defecto o enfermedad que impida el desempeño de las funciones objeto del contrato.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del Estado, las Comunidades Autónomas o las Entidades Locales o hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
f) No haber sido despedido laboralmente por causa imputable al trabajador en virtud de sentencia firme.
g) No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad para contratar con el Ayuntamiento de Segorbe.
h) Estar desempleado o ser demandante de empleo registrado en el Servicio Valenciano de Empleo (SERVEF).
Tercera.- Plazo y lugar de presentación de solicitudes, y documentación a aportar junto a las mismas.
1.- Las instancias para tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Segorbe, utilizándose el modelo que figura en el Anexo I. En las mismas, los aspirantes deberán de manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos que se exigen en las presentes bases Junto con la instancia deberán acompañar los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada del DNI o documentación acreditativa equivalente.
b) Curriculum Vitae.
c) Certificados de tiempo trabajado o en su defecto contratos y ceses, en los que se haga constar el objeto del trabajo.
d) Copia de certificados o diplomas de cursos relacionados con el puesto de trabajo objeto de esta contratación en los que se especifique el número de horas.
e) Certificado de estar inscrito en el SERVEF que acredite la condición y el tiempo en el desempleo.
f) Fotocopia compulsada de la titulación exigida.
g) Libro de familia y/o certificado de convivencia.
h) Fotocopia compulsada de la declaración de la renta del ejercicio 2012 o en su defecto certificado negativo de la Agencia Tributaria.
i) Fotocopia compulsada en su caso, de haber realizados cursos de formación en prevención de riesgos laborales.
j) Cualquier documento que el aspirante considere necesario para acreditar méritos baremables.
2.- Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Segorbe en horario de oficina, o por alguno de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999.
3.- El plazo de presentación de instancias será de diez días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en la página web municipal.
Cuarta.- Admisión de los aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución, en el plazo máximo de 3 días naturales, declarando aprobadas la lista provisional de admitidos y excluidos.
En esta resolución, que se publicará en el tablón de edictos del ayuntamiento y en la página web, constará el nombre y apellidos de los aspirantes admitidos y excluidos y en su caso, el motivo de la no admisión.
Contra esta resolución se podrá presentar reclamación en el plazo de 2 días hábiles desde su publicación. Si se presentan reclamaciones serán aceptadas o recusadas en la resolución por la que se apruebe a lista definitiva, que se publicará asimismo, en los lugares indicados para la lista provisional. En el mismo acto administrativo, se indicará además la constitución y composición del Tribunal. Todo ello sin perjuicio de lo que se dispone en el artículo 71 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por lo que se refiere a la subsanación de deficiencias.
Quinta.- Tribunal calificador.
1.- Composición.
El Tribunal calificador estará constituido por:
- Presidente: El Secretario de la Corporación.
- Secretario: Un funcionario designado por la Alcaldía.
- Tres vocales designados por la Alcaldía.
La composición del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes. Los vocales deberán de poseer titulación o especialización igual o superior a la exigida en esta convocatoria.
2.- Abstención y recusación.
Cuando concurran en los miembros del Tribunal alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, estos se abstendrán de intervenir y notificarán esta circunstancia a la Alcaldía; asimismo, los aspirantes podrán recusarlos en la forma prevista en el artículo 29 de la citada ley.
3.- Constitución y actuación.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus integrantes, titulares o suplentes, indistintamente. Todos los miembros del Tribunal tendrán voz y voto.
Sexta.- Concurso.
Se procederá a la valoración de los méritos aportados por los candidatos, según la siguiente baremación:
1.- EXPERIENCIA PROFESIONAL: hasta un máximo de 2 puntos.
Por cada mes completo de trabajo en la Administración Pública en un puesto de igual o similar características al ofertado se concederá 0,1.
Por cada mes completo de trabajo en la empresa privada en un puesto de igual o similar características al ofertado se concederá, 0,05 puntos.
2.- FORMACION: Hasta un máximo de 2 puntos.
ACADEMICA: Por estar en posesión de los títulos que a continuación se relacionan:
• Ciclo Formativo de Grado Medio 0,5 puntos.
• Ciclo Formativo de Grado superior 1,00 puntos.
POR ASISTENCIA A CURSOS: Cursos de formación que tengan relación directa, a juicio del tribunal, con las tareas a desempeñar en el puesto convocado, hasta un máximo de 1 punto.
Cursos hasta 10 horas 0,25 puntos.
Cursos de 11 hasta 20 horas 0,50 puntos.
Cursos de 21 hasta 50 horas 0,75 puntos.
Cursos de más de 51 horas 1,00 puntos.
No se valorarán los cursos en cuyo justificante no se acredite su duración.
3.- RENTAS. Se asignará hasta un máximo de 4 puntos en función de la renta per cápita de la unidad familiar, obtenida esta del cociente entre la suma de las distintas rentas obtenidas por cualquier concepto y el número de miembros de la unidad familiar. Todo ello de conformidad con las declaraciones de renta presentadas y referidas al ejercicio 2011. La asignación de la puntuación se hará teniendo en cuenta el referido cociente y con la siguiente escala:
1) de 0 a 2000€, 4 puntos.
2) de 2001 a 3000€, 3 puntos
3) de 3001 a 4000€, 2 puntos
4) de 4001 a 5000€, 1 punto
5) de más de 5001€, 0 puntos
Los aspirantes que no puedan aportar la declaración de la renta por no estar obligados a realizarla, deberán presentar certificado negativo expedido por la Delegación de Hacienda que corresponda.
4.- Situación de desempleo, hasta un máximo de 2 puntos.
Por estar desempleado inscrito en la oficina de empleo como demandante por un período superior a 6 meses: 0,5 puntos.
Por estar desempleado e inscrito en la oficina de empleo como demandante por un período superior a 1 año: 1 punto.
Por estar desempleado e inscrito en la oficina de empleo como demandante por un período superior a 2 años: 2 puntos.
4.- Cursos de formación de taller de empleo en la modalidad de pintura: 1 punto por cuso realizado.
5.- Carencia de prestaciones o subsidio por desempleo: 1 punto.
6.- Empadronamiento en el Municipio de Segorbe con anterioridad a la publicación de las presentes bases: 1 punto.
En caso de empate, tendrán preferencia en primer lugar los candidatos con mayor antigüedad en su situación de desempleo, la cual se verificará a partir de su fecha de inscripción como demandante de empleo en los centros SERVEF. Si el empate continuase, decidirá el candidato de mayor edad. Y si dicho empate persistiera, la solución vendría dada por la acreditación, mediante informe motivado de Servicios Sociales, de situaciones de exclusión social o de violencia de género o doméstica padecidas por el candidato.
Séptima.- Calificación y relación de aprobados.
La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, estableciéndose así el orden de llamamiento. Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en la página web del mismo, por orden de puntuación.
Publicada la relación, el Tribunal elevará a la autoridad competente la propuesta para la contratación según corresponda.
Octava.- Incidencias.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten, interpretar las bases de esta convocatoria y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo.
Novena.- Legislación aplicable.
En lo no previsto en estas bases se estará a lo establecido en las disposiciones siguientes:
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local.
Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueban las Disposiciones vigentes en materia de Régimen Local.
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública y sus posteriores modificaciones.
Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de funcionarios de la Administración Local.
Decreto Legislativo de 24 de octubre de 1995 de la Generalidad Valenciana, por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley de la Función Pública Valenciana.
Decreto 33/1999, de 9 de marzo, del Gobierno Valenciano por el que se aprueba el Reglamento de Selección, provisión de puestos de trabajo y carrera administrativa del personal comprendido en el ámbito de aplicación de la ley de la Función Pública Valenciana.
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y Provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.
El Decreto 175/2006, de 24 de noviembre, del Consell, por el que se regulan las condiciones de trabajo del personal al servicio de la Administración del Consell.
Decreto 68/2012, de 4 de mayo, del Consell, por el que se modifica el Decreto 175/2006, de 24 de noviembre, del Consell, por el que se regulan las condiciones de trabajo del personal al servicio de la Administración del Consell.
Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
Real Decreto Legislativo 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público.
Decima.- Recursos. Contra las presente bases específicas y cuantos administrativos se deriven de las mismas podrán interponerse los recursos previstos en la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de interponer cualquier otro recurso o acción que estime procedente.
En Segorbe, a once de julio de dos mil trece. EL ALCALDE, Fdo.: Rafael Calvo Calpe.
***** DATOS PERSONALES Apellidos y Nombre: __________________________________ Fecha de Nacimiento: __________N.I.F. __________________ Domicilio: _________________________de _______________ Código Postal ________Teléfono: ______________________ DATOS DE LA CONVOCATORIA: Contratación de dos oficiales albañilería a tiempo parcial y por un periodo de tres meses DECLARA: Que cumple todos y cada uno de los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, SOLICITA: Ser admitido al concurso para cubrir las necesidades de los puestos de trabajo mencionados en la presente instancia, declarando que son ciertos todos los datos consignados en la misma. DOCUMENTACIÓN QUE ACOMPAÑA: 1. ________________________________________________________ 2. ________________________________________________________ 3. ________________________________________________________ 4. ________________________________________________________ 5. ________________________________________________________ 6. ________________________________________________________ 7. ________________________________________________________ 8. ________________________________________________________ 9. ________________________________________________________ 10. ________________________________________________________
En Segorbe, a de de 2013 Fdo.: ________________________________ ILMO. SR. ALCALDE EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SEGORBE
jueves, 4 de octubre de 2012
El proyecto Museo del Aceite de Segorbe recibe el Premio de Excelencia e Innovación para mujeres rurales 2012
Los nueves galardonados en esta edición promueven desde la repoblación del medio rural a la promoción del patrimonio natural y cultural, el trabajo asociado o la agricultura ecológica.
El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, a través de la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal, ha concedido los Premios de Excelencia a la Innovación para mujeres Rurales 2012. En esta III edición han resultado galardonados nueve proyectos que han sido promovidos y gestionados, en parte o en su totalidad, por mujeres rurales.
La temática abarca desde la repoblación del medio rural a la formación para el mantenimiento de actividades artesanales, la promoción del patrimonio natural y cultural marítimo-pesquero, el cooperativismo de trabajo asociado o la promoción del turismo y la promoción de empleo en el medio rural.
También han resultado galardonadas iniciativas orientadas a la implantación de la agricultura ecológica, a la conservación de razas ganaderas en peligro de extinción, a la combinación de alojamiento rural, gastronomía tradicional y actividades culturales, así como a la diversificación de actividades en el medio rural.
Los proyectos premiados en esta edición han sido: “Caravana de niños”. Castelnou (Teruel), una iniciativa destinada a atraer empresas y familias al entorno rural para lograr la repoblación de la zona y la revitalización del pueblo con nuevos negocios.
“Formación para el cambio”. Porto do Son (La Coruña), promoción y formación sobre una actividad tradicional como la confección y reparación de redes de pesca, haciendo extensivo el proyecto al área del turismo.
“Los Arándanos, diversificación rural”. Taramundi (Asturias), proyecto iniciado con una explotación agrícola ecológica, ampliado con la elaboración y comercialización de conservas artesanales, la apertura de un restaurante y la organización de actividades sobre tradiciones rurales.
“Explotación de ganado caprino de la raza Verata”. Candeleda (Ávila), creación de una explotación de ganado caprino de la raza “Verata” en peligro de extinción, contribuyendo a la divulgación y conservación de esta especie.
“Negueira comuneira”. Negueira de Muñiz (Lugo), promoción del autoempleo a través de una fórmula cooperativa promoviendo la creación de negocios necesarios y novedosos en el ámbito rural con especial incidencia en las personas con minusvalías.
“Crisara”. Chirivel (Almería), un proyecto que engloba tres vertientes: la fabricación de productos para las necesidades específicas de los agricultores ecológicos; asesoría agroambiental y aprovechamiento de los restos de poda como fuente de energía
“Mujeres del mar de Cambados”. Cambados (Pontevedra), actividades de diversificación realizadas por mariscadoras y rederas para dar a conocer a la ciudadanía los oficios desarrollados por las mujeres del mar y sobre los productos de la pesca.
“A parada das bestas”. Palas de Rei (Lugo), empresa de turismo rural en una casa de labranza del S XVIII, que conjuga una oferta integral de alojamiento, gastronomía con cocina al vacío y platos medievales y actividades para la promoción de valores interculturales.
Hay que destacar el proyecto “Museo del aceite”. Segorbe (Castellón), una iniciativa compuesta con dos planteamientos: el aprovechamiento de una antigua almazara para albergar alojamientos rurales y un Museo del aceite y la elaboración de productos de alta gama naturales y artesanos relacionados con el aceite y la aceituna autóctona “serrana de Espadán”
Los proyectos, que están ya dando resultados positivos en las zonas donde se han implantado, ofrecen, además, la posibilidad de servir como ejemplo para implementar iniciativas similares en otras zonas. La entrega de los premios, que cuentan con una gratificación de 25.000 euros para cada uno de los galardonados, tendrá lugar el próximo 15 de octubre, coincidiendo con la celebración del Día Mundial de la Mujer Rural.
Estos premios fueron creados por el Ministerio en febrero de 2010 y su objetivo es contribuir al desarrollo sostenible del medio rural. Los proyectos han de aplicar y buscar modelos de negocio basados en la gestión de los recursos rurales que permitan explorar nuevos yacimientos de empleo o que respondan a las necesidades de las mujeres en el medio rural. Adicionalmente, las iniciativas premiadas se adherirán formalmente a la Red de excelencia e innovación de iniciativas para mujeres en el medio rural, en el marco de la Red Rural Nacional, para la puesta en valor y difusión de las innovaciones tanto a nivel nacional como internacional.
martes, 12 de junio de 2012
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES ADJUDICACIÓN SERVICIO DE BAR DE DE LA CIUDAD DEPORTIVA MUNICIPAL “EL SISTERRE”
CLÁUSULA PRIMERA. Objeto y calificación
El objeto del contrato es la adjudicación del servicio de bar de de la Ciudad Deportiva Municipal “El Sisterre”.
El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo especial, tal y como establece el artículo 19.1.b) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación
La forma de adjudicación del contrato de la explotación del bar será el procedimiento abierto, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato, de acuerdo con el artículo 157 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, de conformidad con el artículo 150 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y con lo establecido en la cláusula décima del presente Pliego.
CLÁUSULA TERCERA. Perfil de contratante
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: www.segorbe.es
CLÁUSULA CUARTA. Importe del Contrato
El Ayuntamiento fija un precio mensual, que puede ser mejorado al alza, de 300 euros mensuales más el IVA correspondiente, importe que el adjudicatario deberá abonar al Ayuntamiento por la adjudicación del servicio de bar de de la Ciudad Deportiva Municipal “El Sisterre”. Ello supondría una cuantía de 3.600 euros y 648 euros de IVA, anuales, un total de 8.496 euros, (las dos anualidades), precio que podrá ser mejorado al alza.
CLÁUSULA QUINTA. Duración del Contrato
La duración del contrato será de 2 años desde la firma del contrato, pudiendo prorrogarse anualmente durante cuatro anualidades más.
CLÁUSULA SEXTA. Acreditación de la Aptitud para Contratar
Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
1. La capacidad de obrar de los empresarios se acreditará:
a) La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas, mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
b) La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
c) Los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
2. La prueba por parte de los empresarios de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones de contratar del artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, podrá realizarse:
a) Mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
b) Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
3. La solvencia del empresario:
3.1 La solvencia económica y financiera del empresario podrá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes:
a) Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
b) Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
c) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
CLÁUSULA SÉPTIMA. Presentación de Proposiciones y Documentación Administrativa
Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento, Plaza Agua Limpia nº 2, dentro del plazo de quince días naturales contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón y en el Perfil de contratante.
Las proposiciones podrán presentarse en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Pliego.
Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en tres sobres cerrados, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda «Proposición para licitar a la contratación del servicio de bar de la Ciudad Deportiva “El Sisterre”.
La denominación de los sobres es la siguiente:
- Sobre «A»: Documentación Administrativa.
- Sobre «B»: Proposición Económica.
- Sobre «C»: Documentación cuya Ponderación Depende de un Juicio de Valor.
Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos:
SOBRE «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario.
b) Documentos que acrediten la representación.
c) Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
d) Documentos que justifiquen el cumplimiento de los requisitos de solvencia económica y financiera.
e) En su caso, una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones.
f) Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía provisional por importe de 250 euros.
SOBRE «B» PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Se presentará conforme al siguiente modelo:
«D. _________________________, con domicilio a efectos de notificaciones en _____________, c/ ____________________, n.º ___, con DNI n.º _________, en representación de la Entidad ___________________, con CIF n.º ___________, enterado del expediente para la contratación del servicio para la explotación del bar de la Ciudad Deportiva “El Sisterre”, por procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, anunciado en el Boletín Oficial de la Provincia n.º ___, de fecha _______ y en el Perfil de contratante, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe de ____________ euros y ___________ euros correspondientes al Impuesto sobre el Valor Añadido.
En ____________, a ___ de ________ de 20__.
Firma del licitador,
Fdo.: _________________».
SOBRE «C» DOCUMENTACIÓN PONDERABLE A TRAVÉS DE JUICIOS DE VALOR
Incluirá aquellos documentos que sean precisos para la valoración de los criterios que dependan de un juicio de valor.
CLÁUSULA OCTAVA. Garantía Provisional
Los licitadores deberán constituir una garantía provisional por importe de 250 euros, que responderá del mantenimiento de sus ofertas hasta la adjudicación del contrato.
La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía será retenida al adjudicatario hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación.
El adjudicatario podrá aplicar el importe de la garantía provisional a la definitiva o proceder a una nueva constitución de esta última, en cuyo caso la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de la definitiva.
CLÁUSULA NOVENA. Criterios de Adjudicación
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios criterios de adjudicación.
Criterios cuantificables automáticamente, se puntuarán en orden decreciente:
• Mejor oferta económica…………………. hasta 7 puntos.
Criterios cuya ponderación dependa de un juicio de valor:
• Proyecto de explotación del bar (ampliación de horario, etc.), hasta 3 puntos.
• Experiencia profesional en el sector, hasta 1 punto.
• Situación social de la unidad familiar, hasta 1 punto.
• Otras mejoras, hasta 1 punto.
CLÁUSULA DÉCIMA. Mesa de Contratación
La Mesa de Contratación estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario de carrera o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
CLÁUSULA UNDÉCIMA. Prerrogativas de la Administración
El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 210 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, ostenta las siguientes prerrogativas:
a) Interpretación del contrato.
b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.
c) Modificación del contrato por razones de interés público.
d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.
En todo caso se dará audiencia al contratista, debiendo seguirse los trámites previstos en el artículo 211 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
CLÁUSULA DUODÉCIMA. Apertura de Proposiciones.
La Mesa de Contratación se constituirá el tercer día hábil tras la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, a las 13 horas.
Calificará la documentación administrativa contenida en los sobres «A».
Si fuera necesario, la Mesa concederá un plazo no superior a tres días para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada.
Posteriormente, procederá a la apertura y examen de los sobres «C» que contienen los criterios cuya ponderación dependen de un juicio de valor.
Tras la lectura de dichas proposiciones, la Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos, para la valoración de las mismas con arreglo a los criterios y a las ponderaciones establecidas en este Pliego.
CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Requerimiento de Documentación
Reunida de nuevo la Mesa de Contratación, se dará a conocer la ponderación asignada a los criterios dependientes de un juicio de valor. A continuación se procederá a la apertura de los sobres «B».
A la vista de la valoración de los criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor (Sobre «C») y de los criterios cuya ponderación es automática (Sobre «B»), la Mesa de Contratación propondrá al adjudicatario del contrato.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Garantía Definitiva
El licitador que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución de la garantía de un 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que haya concluido el contrato.
CLÁUSULA DECIMOQUINTA. Adjudicación del Contrato
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exija alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
La adjudicación deberá ser motivada se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación.
CLÁUSULA DECIMOSEXTA. Formalización del Contrato
La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará dentro de los diez días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación.
El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
CLÁUSULA DECIMOSEPTIMA. Resolución del Contrato
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los artículos 223 y 308 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; y se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se incautará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía.
CLÁUSULA DECIMOCTAVA. Régimen Jurídico del Contrato
Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga al Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
En Segorbe, a 5 de Junio de 2012
El Alcalde,
Fdo. : Rafael Calvo Calpe
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
• Horario del Bar y Servicios a Prestar
El horario de apertura del bar será, como mínimo durante el horario en el que se encuentre abierta la Ciudad Deportiva por las tardes y fines de semana.
Los servicios a prestar con carácter obligatorio son los siguientes:
• Servicio de cafetería y de bebidas frías y calientes.
• Servicio de comidas (mínimo bocadillos).
• Cuidar el buen orden del servicio.
• Tomar cuantas medidas sanitarias establece la legislación vigente para las explotaciones de este tipo.
Derechos y Obligaciones del Adjudicatario
El adjudicatario estará obligado a utilizar el local para destinarlo a barcafetería.
Ocuparse de las tareas de mantenimiento y limpieza del bar, teniéndolo en perfectas condiciones.
Instalar el mobiliario necesario para el funcionamiento de las instalaciones.
Responder de las averías que se ocasionen en las instalaciones del bar, siempre que sea por negligencia del adjudicatario, o por el uso anormal de las mismas, respondiendo incluso de los deterioros producidos por los usuarios.
Mantener en perfectas condiciones, salvo los desgastes normales por el uso, el material recibido.
Los gastos derivados del suministro de agua, gas y electricidad serán de cuenta del adjudicatario.
El adjudicatario, previo consentimiento expreso del Ayuntamiento, podrá realizar las obras de mejora que considere necesarias, aunque ello conlleve una modificación de la configuración del inmueble.
El adjudicatario estará obligado a mantener el inmueble en perfectas condiciones higiénico-sanitarias, realizando las labores necesarias de limpieza de todas las dependencias del mismo.
El adjudicatario debe disponer de carné de manipulador de alimentos.
Se deberá tratar al público con corrección, dentro de las normas de convivencia ciudadana.
Cumplir las obligaciones relativas a la Seguridad Social y Prevención de Riesgos Laborales.
Presentación de suscripción de póliza de seguro en vigor de responsabilidad civil, por importe suficiente.
Dependerá directamente de la Concejalía de Deportes, y concretamente de la Directora Municipal de Instalaciones Deportivas, a los efectos de dirigirse al Ayuntamiento y de fijar las directrices para el buen funcionamiento de la instalación.
Hacer constar que el local no dispone de ningún tipo de mobiliario ni de material, si bien el anterior adjudicatario ha realizado un inventario y lo ha valorado económicamente, y que se pone a disposición de quien lo considere necesario.
En Segorbe, a 5 de Junio de 2012
El Alcalde,
Fdo. : Rafael Calvo Calpe
El objeto del contrato es la adjudicación del servicio de bar de de la Ciudad Deportiva Municipal “El Sisterre”.
El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo especial, tal y como establece el artículo 19.1.b) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación
La forma de adjudicación del contrato de la explotación del bar será el procedimiento abierto, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato, de acuerdo con el artículo 157 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, de conformidad con el artículo 150 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y con lo establecido en la cláusula décima del presente Pliego.
CLÁUSULA TERCERA. Perfil de contratante
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: www.segorbe.es
CLÁUSULA CUARTA. Importe del Contrato
El Ayuntamiento fija un precio mensual, que puede ser mejorado al alza, de 300 euros mensuales más el IVA correspondiente, importe que el adjudicatario deberá abonar al Ayuntamiento por la adjudicación del servicio de bar de de la Ciudad Deportiva Municipal “El Sisterre”. Ello supondría una cuantía de 3.600 euros y 648 euros de IVA, anuales, un total de 8.496 euros, (las dos anualidades), precio que podrá ser mejorado al alza.
CLÁUSULA QUINTA. Duración del Contrato
La duración del contrato será de 2 años desde la firma del contrato, pudiendo prorrogarse anualmente durante cuatro anualidades más.
CLÁUSULA SEXTA. Acreditación de la Aptitud para Contratar
Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
1. La capacidad de obrar de los empresarios se acreditará:
a) La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas, mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
b) La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
c) Los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
2. La prueba por parte de los empresarios de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones de contratar del artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, podrá realizarse:
a) Mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
b) Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
3. La solvencia del empresario:
3.1 La solvencia económica y financiera del empresario podrá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes:
a) Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
b) Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
c) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
CLÁUSULA SÉPTIMA. Presentación de Proposiciones y Documentación Administrativa
Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento, Plaza Agua Limpia nº 2, dentro del plazo de quince días naturales contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón y en el Perfil de contratante.
Las proposiciones podrán presentarse en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Pliego.
Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en tres sobres cerrados, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda «Proposición para licitar a la contratación del servicio de bar de la Ciudad Deportiva “El Sisterre”.
La denominación de los sobres es la siguiente:
- Sobre «A»: Documentación Administrativa.
- Sobre «B»: Proposición Económica.
- Sobre «C»: Documentación cuya Ponderación Depende de un Juicio de Valor.
Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos:
SOBRE «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario.
b) Documentos que acrediten la representación.
c) Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
d) Documentos que justifiquen el cumplimiento de los requisitos de solvencia económica y financiera.
e) En su caso, una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones.
f) Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía provisional por importe de 250 euros.
SOBRE «B» PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Se presentará conforme al siguiente modelo:
«D. _________________________, con domicilio a efectos de notificaciones en _____________, c/ ____________________, n.º ___, con DNI n.º _________, en representación de la Entidad ___________________, con CIF n.º ___________, enterado del expediente para la contratación del servicio para la explotación del bar de la Ciudad Deportiva “El Sisterre”, por procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, anunciado en el Boletín Oficial de la Provincia n.º ___, de fecha _______ y en el Perfil de contratante, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe de ____________ euros y ___________ euros correspondientes al Impuesto sobre el Valor Añadido.
En ____________, a ___ de ________ de 20__.
Firma del licitador,
Fdo.: _________________».
SOBRE «C» DOCUMENTACIÓN PONDERABLE A TRAVÉS DE JUICIOS DE VALOR
Incluirá aquellos documentos que sean precisos para la valoración de los criterios que dependan de un juicio de valor.
CLÁUSULA OCTAVA. Garantía Provisional
Los licitadores deberán constituir una garantía provisional por importe de 250 euros, que responderá del mantenimiento de sus ofertas hasta la adjudicación del contrato.
La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía será retenida al adjudicatario hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación.
El adjudicatario podrá aplicar el importe de la garantía provisional a la definitiva o proceder a una nueva constitución de esta última, en cuyo caso la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de la definitiva.
CLÁUSULA NOVENA. Criterios de Adjudicación
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios criterios de adjudicación.
Criterios cuantificables automáticamente, se puntuarán en orden decreciente:
• Mejor oferta económica…………………. hasta 7 puntos.
Criterios cuya ponderación dependa de un juicio de valor:
• Proyecto de explotación del bar (ampliación de horario, etc.), hasta 3 puntos.
• Experiencia profesional en el sector, hasta 1 punto.
• Situación social de la unidad familiar, hasta 1 punto.
• Otras mejoras, hasta 1 punto.
CLÁUSULA DÉCIMA. Mesa de Contratación
La Mesa de Contratación estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario de carrera o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
CLÁUSULA UNDÉCIMA. Prerrogativas de la Administración
El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 210 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, ostenta las siguientes prerrogativas:
a) Interpretación del contrato.
b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.
c) Modificación del contrato por razones de interés público.
d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.
En todo caso se dará audiencia al contratista, debiendo seguirse los trámites previstos en el artículo 211 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
CLÁUSULA DUODÉCIMA. Apertura de Proposiciones.
La Mesa de Contratación se constituirá el tercer día hábil tras la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, a las 13 horas.
Calificará la documentación administrativa contenida en los sobres «A».
Si fuera necesario, la Mesa concederá un plazo no superior a tres días para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada.
Posteriormente, procederá a la apertura y examen de los sobres «C» que contienen los criterios cuya ponderación dependen de un juicio de valor.
Tras la lectura de dichas proposiciones, la Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos, para la valoración de las mismas con arreglo a los criterios y a las ponderaciones establecidas en este Pliego.
CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Requerimiento de Documentación
Reunida de nuevo la Mesa de Contratación, se dará a conocer la ponderación asignada a los criterios dependientes de un juicio de valor. A continuación se procederá a la apertura de los sobres «B».
A la vista de la valoración de los criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor (Sobre «C») y de los criterios cuya ponderación es automática (Sobre «B»), la Mesa de Contratación propondrá al adjudicatario del contrato.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Garantía Definitiva
El licitador que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución de la garantía de un 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que haya concluido el contrato.
CLÁUSULA DECIMOQUINTA. Adjudicación del Contrato
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exija alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
La adjudicación deberá ser motivada se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación.
CLÁUSULA DECIMOSEXTA. Formalización del Contrato
La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará dentro de los diez días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación.
El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
CLÁUSULA DECIMOSEPTIMA. Resolución del Contrato
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los artículos 223 y 308 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; y se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se incautará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía.
CLÁUSULA DECIMOCTAVA. Régimen Jurídico del Contrato
Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga al Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
En Segorbe, a 5 de Junio de 2012
El Alcalde,
Fdo. : Rafael Calvo Calpe
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
• Horario del Bar y Servicios a Prestar
El horario de apertura del bar será, como mínimo durante el horario en el que se encuentre abierta la Ciudad Deportiva por las tardes y fines de semana.
Los servicios a prestar con carácter obligatorio son los siguientes:
• Servicio de cafetería y de bebidas frías y calientes.
• Servicio de comidas (mínimo bocadillos).
• Cuidar el buen orden del servicio.
• Tomar cuantas medidas sanitarias establece la legislación vigente para las explotaciones de este tipo.
Derechos y Obligaciones del Adjudicatario
El adjudicatario estará obligado a utilizar el local para destinarlo a barcafetería.
Ocuparse de las tareas de mantenimiento y limpieza del bar, teniéndolo en perfectas condiciones.
Instalar el mobiliario necesario para el funcionamiento de las instalaciones.
Responder de las averías que se ocasionen en las instalaciones del bar, siempre que sea por negligencia del adjudicatario, o por el uso anormal de las mismas, respondiendo incluso de los deterioros producidos por los usuarios.
Mantener en perfectas condiciones, salvo los desgastes normales por el uso, el material recibido.
Los gastos derivados del suministro de agua, gas y electricidad serán de cuenta del adjudicatario.
El adjudicatario, previo consentimiento expreso del Ayuntamiento, podrá realizar las obras de mejora que considere necesarias, aunque ello conlleve una modificación de la configuración del inmueble.
El adjudicatario estará obligado a mantener el inmueble en perfectas condiciones higiénico-sanitarias, realizando las labores necesarias de limpieza de todas las dependencias del mismo.
El adjudicatario debe disponer de carné de manipulador de alimentos.
Se deberá tratar al público con corrección, dentro de las normas de convivencia ciudadana.
Cumplir las obligaciones relativas a la Seguridad Social y Prevención de Riesgos Laborales.
Presentación de suscripción de póliza de seguro en vigor de responsabilidad civil, por importe suficiente.
Dependerá directamente de la Concejalía de Deportes, y concretamente de la Directora Municipal de Instalaciones Deportivas, a los efectos de dirigirse al Ayuntamiento y de fijar las directrices para el buen funcionamiento de la instalación.
Hacer constar que el local no dispone de ningún tipo de mobiliario ni de material, si bien el anterior adjudicatario ha realizado un inventario y lo ha valorado económicamente, y que se pone a disposición de quien lo considere necesario.
En Segorbe, a 5 de Junio de 2012
El Alcalde,
Fdo. : Rafael Calvo Calpe
jueves, 10 de mayo de 2012
Un pincel tocado con la mano de Dios, el de Francisco Pastor, un genio autodidacta que fascina en el Alto Palancia
(Ilmo. Sr. Alcalde de la ciudad de Segorbe D. Rafael Calvo, Cronista Oficial de la ciudad de Segorbe D. Rafael Martín, Vicepresidente de la Diputación de Castellón D. Miguel Barrachina, Presidente de Archival, Entidad para la recuperación de los centros históricos de España, D. José Luis Lliso, Ilustre artista D. Francisco Pastor, autoridades), amigos, a todos en general muchas gracias por vuestra asistencia pues no solo demuestra vuestro cariño y apoyo para con nuestro artista D. Francisco Pastor, sino el interés por la cultura y el arte que se está creando desde nuestra ciudad de Segorbe y el Alto Palancia en general. Nos encontramos en un lugar significativo en la historia artística de esta ciudad, la Sala Camarón, por la cual han pasado numerosos artistas y que a su vez lleva el nombre del pintor mas ilustre que vio nacer la capital del Palancia.
En segundo lugar agradecer a D. Francisco Pastor por haber pensado en mi para presentar su magnífica obra en esta retrospectiva, por lo tanto mi gratitud pues es para mi un verdadero regalo poder acompañar en esta inauguración no solo a un gran artista sino a un gran amigo.
Quisiera comenzar con una frase del filosofo Friedrich Nietzsche quien dijo que “la madurez del hombre es haber vuelto a encontrar la seriedad con que jugaba cuando era niño”. Francisco Pastor nació artista, así lo mostraban sus sentimientos de niño, pero la vida y sus circunstancias le impidieron mostrar y desarrollar su arte, pero su destino era ser artista, y tuvo que ser la salud quien te diera la señal de que tenías que volver a ser niño, comenzando a crear arte, siendo en ese mismo instante cuando jugando como un niño encontraste la madurez. Nunca es tarde para un artista, pues como dijo el presidente de los EE. UU Roosevelt “en la vida hay algo peor que el fracaso: el no haber intentado nada”.
El Arte Contemporáneo rompió por primera vez en la historia, las barreras y censuras que sufrió a lo largo de todos los tiempos la creatividad artística, pudiéndose ver por fin el verdadero interior del genio creador. Nuestro artista español Francisco De Goya fue el precursor de todo esto, su creatividad se adelantó no solo a su propio tiempo, sino también al Romanticismo, Realismo así como abriendo las puertas al propio Impresionismo. Goya tocó todos los géneros existentes así como técnicas incluso llegando en su última fase a emplear incluso la litografía, por ello mismo no podemos encuadrar a este artista dentro de un estilo concreto sino hablar del Estilo Goya. Y esto es fundamental, pues en el Arte estamos mal acostumbrados en lo que respecta a encuadrar a un artista y su obra con un estilo concreto creando desinterés por su obra si no es posible encasillarle con una idea fija. Esto es un error con el que en cierta manera rompe el Arte Contemporáneo debido sobretodo a la cantidad de obras realizadas por artistas en las distintas etapas de su vida en las que no han seguido una misma línea. Goya inauguró un nuevo modo de pintar al pintar el ser interior. Francisco Pastor, no es un artista convencional ante la pérdida de ese espíritu contemporáneo que hemos podido ir observado a lo largo de todos estos últimos años en cantidad de artistas que han creado una obra repetitiva, convencional, comercial en la que han vuelto a la línea tradicional de querer ser recordados por ese tipo de obra que es fácilmente reconocible e identificable.
Pastor ha seguido los pasos no solo de Goya, sino del gran genio creador Leonardo Da Vinci en cuanto a que su obra es constantemente experimental en diversos estilos y técnicas siguiendo por tanto sí, una línea contemporánea. El cartelista valenciano Josep Renau dijo “el arte es vida y el arte que no llega al pueblo no es arte”, así pues, Francisco Pastor podemos decir que es un artista implicado con el pueblo, en primer lugar porque forma parte del mismo comprendiendo en todo momento en su obra sus necesidades e inquietudes. Un artista llano, humilde, preocupado por la cultura y porque llegue al pueblo, pues al igual que el arte es vida, la vida es arte y sin el mismo nada tendría sentido, pues como dijo Picasso “el arte es una mentira que nos acerca a la verdad”.
Para analizar la obra de Arte Contemporáneo es fundamental que se analice con el mismo criterio y dignidad que el Arte Antiguo, en nuestro caso, tenemos doble ventaja para realizar en el Arte Contemporáneo un análisis de mayor rigor y criterio pues gracias a las fuentes conservadas tanto directas como indirectas podemos hacer crítica y valor casi objetivo de los artistas contemporáneos, pues conocemos desde su correspondencia hasta la totalidad de sus obras creadas al contrario del Arte del pasado. Es fundamental pues conocer la vida del artista, su personalidad así como cada suceso cotidiano para poder analizar correctamente su obra. Francisco Pastor es un genio que ha estado oculto muchos años como ya hemos comentado por no poder desarrollar su ingenio creativo debido a tener que trabajar en otras labores.
Francisco Pastor es un artista que ha recorrido mundo, ha nacido en España, ha vivido gran parte de su vida en Francia concretamente en un lugar al que han acudido principales figuras del Arte Contemporáneo como Picasso o Dalí. Francisco Pastor ha trabajado desde la albañilería así como marmolista pero al contrario de cualquier trabajador de estos oficios, Pastor trabajaba dejando huella de su instinto artístico. Todas estas y muchas circunstancias son imprescindibles para poder analizar con exactitud y a la vez comprender la obra que hoy nos presenta en esta exposición. Por un lado podemos ver con claridad en su desarrollo artístico la necesidad que ha tenido todos los años en que no ha podido crear arte. Ese deseo, ese ímpetu, esa ilusión, esa necesidad de plasmar su creatividad y materializarla es la obra de Francisco Pastor González. Pues puedo decir que he tenido la suerte de entrevistarle en varias ocasiones y poder sentir a su lado ese nervio creador constante que tiene Pastor en todo momento de crear arte, de crear nuevas formas, de experimentar con nuevas técnicas, y siempre con ideas nuevas, tantas, que le falta tiempo para poderlas realizar. Él mismo me dijo, que “llevar el arte dentro me ha servido para todo” y estoy seguro que principalmente, amigo Pastor, el arte no solo te ha dado vida, sino ganas de vivir y de luchar para poder hacer de tu vida una obra de arte.
Esta exposición que se presenta hoy es una retrospectiva de la obra de Pastor hasta el momento, un pequeño ejemplo contenido en esta sala del proceder artístico a lo largo de su vida. Como analista y crítico de tu obra, soy consciente de que estás en un momento de desánimo ante la realidad social del arte, el poco interés que se muestra por esta materia que sin la cual créanme que la vida no tendría sentido. Vamos arrastrando desde hace ya varias décadas una importante crisis del arte, por un lado el mismo desinterés de gran parte de la sociedad, por otro el mecenazgo político del Arte Contemporáneo en el que acudimos a una injusticia social en la que los políticos son los que deciden que es y no arte, cuando no saben muchos de ellos ni tan si quiera lo que es. Y por poner un ejemplo mas, la especulación del Arte Contemporáneo, un negocio ruin y antiartístico que hacen del arte un montaje público exclusivamente por interés económico arruinando y dejando sin valor alguno a los verdaderos artistas así como destruyendo el propio concepto de arte convirtiéndose en una mentira y mofa para la sociedad. Pero no debemos de olvidar y sí aprender del ejemplo que nos han dado y nos siguen dando verdaderos artistas de nuestro siglo con su esfuerzo y experimentación continua como es el caso de Francisco Pastor. Voltaire ya dijo que “los que creen que el dinero lo hace todo, suelen hacer cualquier cosa por dinero” y reafirmamos esta cita con otra de nuestro querido Picasso que dijo “un pintor es un hombre que pinta lo que vende. Un artista en cambio, es un hombre vende lo que pinta”. Francisco Pastor vende lo que pinta. Por ello no debemos de confundir lo que es y no arte, no nos dejemos engañar por las masas sociales, por políticos que controlan los centros de cultura, por una prensa al continuo servicio del poder, por una publicidad comercial, por un consumismo capitalista, de que una obra de arte es una firma, una inversión, no estimados oyentes, créanme que eso no es arte.
En segundo lugar agradecer a D. Francisco Pastor por haber pensado en mi para presentar su magnífica obra en esta retrospectiva, por lo tanto mi gratitud pues es para mi un verdadero regalo poder acompañar en esta inauguración no solo a un gran artista sino a un gran amigo.
Quisiera comenzar con una frase del filosofo Friedrich Nietzsche quien dijo que “la madurez del hombre es haber vuelto a encontrar la seriedad con que jugaba cuando era niño”. Francisco Pastor nació artista, así lo mostraban sus sentimientos de niño, pero la vida y sus circunstancias le impidieron mostrar y desarrollar su arte, pero su destino era ser artista, y tuvo que ser la salud quien te diera la señal de que tenías que volver a ser niño, comenzando a crear arte, siendo en ese mismo instante cuando jugando como un niño encontraste la madurez. Nunca es tarde para un artista, pues como dijo el presidente de los EE. UU Roosevelt “en la vida hay algo peor que el fracaso: el no haber intentado nada”.
El Arte Contemporáneo rompió por primera vez en la historia, las barreras y censuras que sufrió a lo largo de todos los tiempos la creatividad artística, pudiéndose ver por fin el verdadero interior del genio creador. Nuestro artista español Francisco De Goya fue el precursor de todo esto, su creatividad se adelantó no solo a su propio tiempo, sino también al Romanticismo, Realismo así como abriendo las puertas al propio Impresionismo. Goya tocó todos los géneros existentes así como técnicas incluso llegando en su última fase a emplear incluso la litografía, por ello mismo no podemos encuadrar a este artista dentro de un estilo concreto sino hablar del Estilo Goya. Y esto es fundamental, pues en el Arte estamos mal acostumbrados en lo que respecta a encuadrar a un artista y su obra con un estilo concreto creando desinterés por su obra si no es posible encasillarle con una idea fija. Esto es un error con el que en cierta manera rompe el Arte Contemporáneo debido sobretodo a la cantidad de obras realizadas por artistas en las distintas etapas de su vida en las que no han seguido una misma línea. Goya inauguró un nuevo modo de pintar al pintar el ser interior. Francisco Pastor, no es un artista convencional ante la pérdida de ese espíritu contemporáneo que hemos podido ir observado a lo largo de todos estos últimos años en cantidad de artistas que han creado una obra repetitiva, convencional, comercial en la que han vuelto a la línea tradicional de querer ser recordados por ese tipo de obra que es fácilmente reconocible e identificable.
Pastor ha seguido los pasos no solo de Goya, sino del gran genio creador Leonardo Da Vinci en cuanto a que su obra es constantemente experimental en diversos estilos y técnicas siguiendo por tanto sí, una línea contemporánea. El cartelista valenciano Josep Renau dijo “el arte es vida y el arte que no llega al pueblo no es arte”, así pues, Francisco Pastor podemos decir que es un artista implicado con el pueblo, en primer lugar porque forma parte del mismo comprendiendo en todo momento en su obra sus necesidades e inquietudes. Un artista llano, humilde, preocupado por la cultura y porque llegue al pueblo, pues al igual que el arte es vida, la vida es arte y sin el mismo nada tendría sentido, pues como dijo Picasso “el arte es una mentira que nos acerca a la verdad”.
Para analizar la obra de Arte Contemporáneo es fundamental que se analice con el mismo criterio y dignidad que el Arte Antiguo, en nuestro caso, tenemos doble ventaja para realizar en el Arte Contemporáneo un análisis de mayor rigor y criterio pues gracias a las fuentes conservadas tanto directas como indirectas podemos hacer crítica y valor casi objetivo de los artistas contemporáneos, pues conocemos desde su correspondencia hasta la totalidad de sus obras creadas al contrario del Arte del pasado. Es fundamental pues conocer la vida del artista, su personalidad así como cada suceso cotidiano para poder analizar correctamente su obra. Francisco Pastor es un genio que ha estado oculto muchos años como ya hemos comentado por no poder desarrollar su ingenio creativo debido a tener que trabajar en otras labores.
Francisco Pastor es un artista que ha recorrido mundo, ha nacido en España, ha vivido gran parte de su vida en Francia concretamente en un lugar al que han acudido principales figuras del Arte Contemporáneo como Picasso o Dalí. Francisco Pastor ha trabajado desde la albañilería así como marmolista pero al contrario de cualquier trabajador de estos oficios, Pastor trabajaba dejando huella de su instinto artístico. Todas estas y muchas circunstancias son imprescindibles para poder analizar con exactitud y a la vez comprender la obra que hoy nos presenta en esta exposición. Por un lado podemos ver con claridad en su desarrollo artístico la necesidad que ha tenido todos los años en que no ha podido crear arte. Ese deseo, ese ímpetu, esa ilusión, esa necesidad de plasmar su creatividad y materializarla es la obra de Francisco Pastor González. Pues puedo decir que he tenido la suerte de entrevistarle en varias ocasiones y poder sentir a su lado ese nervio creador constante que tiene Pastor en todo momento de crear arte, de crear nuevas formas, de experimentar con nuevas técnicas, y siempre con ideas nuevas, tantas, que le falta tiempo para poderlas realizar. Él mismo me dijo, que “llevar el arte dentro me ha servido para todo” y estoy seguro que principalmente, amigo Pastor, el arte no solo te ha dado vida, sino ganas de vivir y de luchar para poder hacer de tu vida una obra de arte.
Esta exposición que se presenta hoy es una retrospectiva de la obra de Pastor hasta el momento, un pequeño ejemplo contenido en esta sala del proceder artístico a lo largo de su vida. Como analista y crítico de tu obra, soy consciente de que estás en un momento de desánimo ante la realidad social del arte, el poco interés que se muestra por esta materia que sin la cual créanme que la vida no tendría sentido. Vamos arrastrando desde hace ya varias décadas una importante crisis del arte, por un lado el mismo desinterés de gran parte de la sociedad, por otro el mecenazgo político del Arte Contemporáneo en el que acudimos a una injusticia social en la que los políticos son los que deciden que es y no arte, cuando no saben muchos de ellos ni tan si quiera lo que es. Y por poner un ejemplo mas, la especulación del Arte Contemporáneo, un negocio ruin y antiartístico que hacen del arte un montaje público exclusivamente por interés económico arruinando y dejando sin valor alguno a los verdaderos artistas así como destruyendo el propio concepto de arte convirtiéndose en una mentira y mofa para la sociedad. Pero no debemos de olvidar y sí aprender del ejemplo que nos han dado y nos siguen dando verdaderos artistas de nuestro siglo con su esfuerzo y experimentación continua como es el caso de Francisco Pastor. Voltaire ya dijo que “los que creen que el dinero lo hace todo, suelen hacer cualquier cosa por dinero” y reafirmamos esta cita con otra de nuestro querido Picasso que dijo “un pintor es un hombre que pinta lo que vende. Un artista en cambio, es un hombre vende lo que pinta”. Francisco Pastor vende lo que pinta. Por ello no debemos de confundir lo que es y no arte, no nos dejemos engañar por las masas sociales, por políticos que controlan los centros de cultura, por una prensa al continuo servicio del poder, por una publicidad comercial, por un consumismo capitalista, de que una obra de arte es una firma, una inversión, no estimados oyentes, créanme que eso no es arte.
No hay que pensar para crear arte, pues entonces tiene sentido y sería por tanto una falacia, el arte no es una realidad, una mímesis sino el arte es la esencia pura creativa del impulso humano. En muchos casos la gente tiende a valorar mas el realismo en el arte, simplemente por tener la creencia de que es más fácil de entender, y no es así, el Arte Contemporáneo es mas comprensible que el Antiguo pues es el arte de nuestro tiempo, el arte de nuestro siglo, es un arte creado por artistas que viven las mismas realidades sociales que nosotros y que por lo tanto es mas comprensible e identificable con nuestra cultura y con nuestro tiempo. Debemos por tanto romper con esos tabúes y lanzarnos a valorar el arte que se crea al compás de nuestras vidas.
Nuestro artista Francisco Pastor tiene doble mérito pues se trata de un autodidacta en el que sin tener maestro ni escuela ha desarrollado su obra. Esto no es solamente meritorio, es arte en su pura esencia, pues Pastor por lo tanto no ha sido influenciado personalmente por ninguna escuela ni técnica, pudiendo encontrar en su obra, creatividad artística. Personalmente y hablando de arte como pura esencia, y esto ya es un debate surgido desde la Antigüedad, una obra de arte no es la que mas bonita nos parece, no es la que presenta una técnica aprendida, sino la que crea la voluntad inconsciente del artista y eso está reflejado en la obra de Francisco Pastor. Y de aquí partimos al error de preguntarnos ¿Qué es lo que caracteriza la obra de Pastor?, no lo duden, y no es necesario mencionar o comparar a nuestro artista con otros que todos conocemos simplemente por la publicidad que se les ha dado y por la repetitividad en sus obras, por mantener una misma línea en mi opinión nada creadora y aburrida, siendo una obra puramente comercial cuestionando si eso es verdaderamente arte o un objeto de inversión. Al contrario pues lo que caracteriza la obra de Francisco Pastor, es su creatividad, su innovación constante así como su eclecticismo, y al igual que sucede con Goya tendríamos que hablar del Estilo Pastor. Y por ello estimado amigo como dijo el Ilustrado Rousseau “siempre es mas valioso tener respeto que la admiración de las personas”, quizás tu obra no tenga la admiración que tiene ese arte convencional y comercial llevado a los altares por la prensa y políticos de nuestro siglo, pero no olvides que tu obra tiene lo mas valioso que es el respeto por las autoridades del arte y de la gente que te estima y quiere y por eso mismo los verdaderos artistas como tu no pueden ocupar un lugar ficticio para el arte como el que ocupan muchos de estos señores, pues los artistas jamás son mercenarios, son artistas.
Francisco Pastor es constante en su labor, y a pesar de todas las injusticias que sufre la materia incluso él mismo como artista, en ocasiones inevitables con bajo estado de ánimo, estamos hablando de un artista con una fortaleza espiritual y creadora de gran envergadura. Martín Lutero ya dijo que “aunque el final del mundo sea mañana, hoy plantaré manzanos en mi huerto”. Con este ejemplo introducir en la Retrospectiva de nuestro artista el invento que va a transformar su obra creando un término nuevo que esperemos que en un futuro cercano aparezca en los diccionarios de Términos Artísticos. Estamos hablando de la SILIPINTURA, una nueva técnica pictórica inventada por Francisco Pastor en la que fusiona los pigmentos con silicona dando luz a una nueva estética artística de gran dificultad debido a la rapidez de secado del material en la que se demuestra la habilidad creadora una vez mas de Pastor. No es mi intención hacer en esta exposición un tratado que si merece esta nueva técnica y en la que sería por mi parte un verdadero placer hacerle un estudio a la misma así como conseguir su digno reconocimiento aportando una nueva forma de pintar a la historia del arte.
Por todo ello, Francisco Pastor, no solo crea arte, sino innova e inventa nuevas formas de crearlo, sin escuela e influencia alguna demostrando aquí su verdadero ingenio creativo.
En la obra que podemos visualizar en su “Retrospectiva” observamos técnicas desde el pastel, óleo sobre lienzo y tabla, al fresco, resinas al aire, gel coat, fibras de vidrio así como escultura tanto de bulto redondo como en relieve en diferentes técnicas y materiales, grabado sobre el mármol, etc. Pero sobretodo su creación mas característica que es la Silipintura.
Me gustaría finalizar haciendo un recuerdo de nostalgia hacia todos aquellos intelectuales que nos dejaron un rico patrimonio en todas las artes y que gracias a ellos hoy podemos estar aquí disfrutando abiertamente de una exposición de arte. A la vez agradecer a todas mis amistades del mundo del arte y de la cultura, entre ellos por supuesto Francisco Pastor, por compartir sus tertulias conmigo pues gracias a las mismas uno puede experimentar no solamente como sabe un café estando rodeado de arte y una buena conversación, sino poder revivir como intelectuales del pasado se reunían en Cafés y se deleitaban en sus artes. Así como se podía respirar el ambiente cultural estudiantil a comienzos del siglo XX en España, y con esto quisiera hacer recuerdo a la Residencia de Estudiantes de Madrid, uno de los principales núcleos de modernización científica y educativa en España que dio a ilustres españoles y que desgraciadamente acabó tras la Guerra Civil. En estos momentos cabe recordar como por las noches dos estudiantes universitarios se tumbaban en el césped de los alrededores de la Residencia y uno leía al otro sus poesías, Federico García Lorca al que fue uno de los mejores cineastas de España Luis Buñuel. Hoy con tanto exceso de medios tecnológicos de comunicación hemos perdido la buena comunicación que no es otra que la humana. Por ello mismo concluyo dándoles las gracias a todos ustedes por haber venido a esta exposición y por haber sido tan amables de atender esta humilde exposición.
Gracias Pastor nuevamente por haberme dado esta oportunidad, mi apoyo constante como artista y como amigo siempre, esperamos que nos sigas deleitando con tus obras y mis deseos de que hablen mucho sobre tu obra pues como dijo nuestro querido Oscar Wilde “que hablen mal de uno es espantoso. Pero hay algo peor: que no hablen”.
Muchas gracias.
Por Néstor Morente Martín/crítico de arte
martes, 31 de enero de 2012
Cerca de 312.000 árboles se plantarán en la Comunitat con motivo del día del árbol
Cerca de 312.000 ejemplares de árboles de diferentes especies autónomas valencianas se plantarán en la Comunitat Valenciana con motivo del día del árbol, de las que cerca de 53.000 se han repartido en la provincia de Castellón, más de 157.000 en la de Valencia y algo más de 100.000 en la de Alicante.
Bonig ha realizado estas declaraciones en la plantación conmemorativa del día del árbol de la Comunitat Valenciana celebrada en el Paraje Natural Municipal de La Esperanza, en Segorbe.
Una plantación organizada por el ayuntamiento de la localidad y cofinanciada por la obra Social de La Caixa, en el marco del convenio de colaboración que mantiene la entidad con la Generalitat para la mejora y conservación de espacios naturales protegidos y a través del cuál, la obra social ha destinado más de 12 millones de euros a los espacios naturales de la Comunitat.
La Comunitat Valenciana cuenta con una importante extensión de territorio protegido, más del 40% del total de la Comunitat se encuentra bajo alguna figura de protección, lo que supone estar 20 puntos por encima de la media europea y 10 respecto al resto de España.
"Debemos apostar por exportar ese potencial medioambiental que tiene la Comunitat Valenciana, que se conozcan no sólo sus playas, también su interior, su medio natural y que éste puede convertirse en motor de crecimiento y sostenibilidad de las zonas rurales", ha asegurado la consellera de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, Isabel Bonig.
"Que se conozca nuestro territorio -ha continuado la consellera- por sus valores naturales, por todo lo que hemos hecho, como las más de 30.600 hectáreas reforestadas en toda la Comunitat Valenciana desde 2003"
312.000 ejemplares con motivo del día del árbol
Durante el transcurso del acto, Bonig ha destacado que "el día del árbol de la Comunitat tiene como objetivo, precisamente, concienciar a la sociedad sobre la importancia de conservar los bosques y los espacios naturales, así como hacerle partícipe de la política forestal del Consell".
"Con esta finalidad -ha continuado- se realizan una serie de actividades, de las que la más destacada es la realización de plantaciones conmemorativas donde, a través de los Ayuntamientos, se convoca a los escolares y vecinos para la celebración de una jornada de campo, que se desarrolla en un ambiente educativo y lúdico y en la que se resalta la importancia de la naturaleza en general y los bosques en particular, tal y como ha ocurrido hoy en Segorbe".
"Especialmente importante resulta la participación de escolares en este tipo de actividades, implicar a los más jóvenes en el cuidado de su entorno es una garantía para el futuro de todos nosotros, del medio ambiente y de la mejora de nuestra calidad de vida. Y es que lo que se conoce, se aprecia, se valora y se respeta", ha asegurado la consellera de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente.
"La Generalitat lleva realizando actividades de conmemoración del Día del Árbol desde 1995 y por ellas han pasado una gran número de escolares y de ciudadanos que se han unido así a la fiesta de la conservación de nuestra riqueza natural", ha destacado Bonig.
180 escolares de Segorbe
Durante el día de hoy, en el término municipal de Segorbe, han participado, junto con la consellera, alrededor de 180 escolares de tres centros educativos de la localidad. Durante este mañana se han plantado alrededor de 1.500 ejemplares de diferentes espacies propias del monte mediterráneo.
Este acto en Segorbe, es uno más de los muchos que se van a celebrar a lo largo de todo el territorio para conmemorar el día del árbol de la Comunitat Valenciana. Por ello, durante este año 2012, se han facilitado cerca de 312.000 ejemplares, provenientes de los viveros forestales que la Conselleria tiene distribuidos en distintos municipios de la Comunitat, de más de 42 especies típicas de nuestros montes y se desarrollarán actos en más de 220 términos municipales.
La Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente facilita la entrega gratuita de plantas a particulares, colectivos e instituciones que así lo soliciten 5 a particulares, 200 a colegios, institutos y entidades sin ánimo de lucro y 800 a ayuntamientos.
En el caso de la provincia de Valencia, la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente ha distribuido alrededor de 157.000 ejemplares, es decir, el 50% del total de las plantas repartidas, entre particulares, más de 150 entidades, 90 colegios y ayuntamientos para conmemorar el día del árbol que se celebrará en más de 150 municipios.
Por su parte, en la provincia de Alicante, Territorio y Medio Ambiente ha distribuido más de 101.000 plantas. En esta provincia, se van a desarrollar plantaciones en algo más de 50 términos municipales. Por último, en la provincia de Castellón, el Consell ha repartido aproximadamente 53.000 ejemplares de diferentes especies significativas de la Comunitat Valenciana entre particulares, 17 colegios, 42 ayuntamientos y 12 asociaciones.
Todos los ejemplares de plantas que se entregan han sido producidos en los diferentes viveros de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente.
Fuente: gva.es
domingo, 22 de enero de 2012
El Ayuntamiento de Segorbe se vuelca con las asociaciones benéficas, discapacitados y con familias enteras sin recurso alguno, duante el periodo 2011
Se inició el ejercicio 2011 con una clara apuesta por el bienestar social, en un año que indicaba ya un claro deterioro de la situación económica en el tejido de las familias segorbinas, con un presupuesto de 640.970 € para servicios sociales generales, centro ocupacional y voluntariado. En estos cometidos trabajan un total de 19 profesionales: Los salarios de tod@s l@s profesionales están subvencionados, de una u otra manera, algunos al 100%, por la Diputación provincial o la Consellería de bienestar social, según los casos.
Desde el área de bienestar social se persiguen unos objetivos claros de redistribución social: paliar las necesidades básicas, mejorar la calidad de vida de las personas dependientes y sus cuidadores, y de inserción de todos los colectivos sin distinción. Con estos objetivos se han realizado actuaciones muy diversas:
Se ha colaborado con la asociación de jubilados de nuestra localidad, que aglutina a casi 1500 socios, con 1650 € con el fin de fomentar la actividad de nuestros mayores. Se ha participado en diversos programas de cooperación internacional desarrollados por ONGs con implantación en nuestra zona. Así, “Aniuk-cas”, de ayuda a los niños ucranianos recibió 800 €, la Entidad Proyso recibió otros 800 € para un centro nutricional en la ciudad de Evinayong que está construyendo la ONG en Guinea Ecuatorial, y otros 800 € para las actividades de Manos Unidas. Además se renovó el convenio con Cáritas para la prestación de alimentos no perecederos para los más necesitados por importe de 2.000 €, y la colaboración con servicios sociales de esta Entidad es permanente.
Se realizó la cuarta feria del voluntariado, con la participación de 8 ONGs de voluntarios, para la que se recibió una subvención de 500 € de la Fundación Bancaja. En materia de voluntariado, acaba de finalizar recientemente la campaña “un juguete, una sonrisa” que, con la colaboración de Cruz Roja, entrega cada año juguetes a los niños pertenecientes a las familias más desfavorecidas.
Y en la misma tónica de solidaridad, se amplió la plantilla de servicios sociales en una trabajadora social de refuerzo a los municipios de nuestra zona, que han ganado en prestaciones y atención directa, ya que tienen acceso en su propio municipio a los servicios sociales una vez por semana.
Se renovó el concierto del programa “menjar a casa”, con 15 usuarios y un presupuesto de casi 8000 €, y se atendió a más de 65 familias en el servicio de ayuda a domicilio. Además, ya son más de 500 las gestiones que se han llevado a cabo en el servicio de atención a la dependencia (tramitaciones, revisiones, informes del entorno, Planes Individualizados de Atención), y se realizó un curso de formación para los cuidadores habituales de personas dependientes, impartido por la Consellería de Bienestar Social con el fin de mejorar la calidad de la atención de las personas dependientes en sus domicilios y la de sus cuidadores.
Además, durante el 2011, se financió con recursos de servicios sociales los descuentos en las entradas a espectáculos para desempleados y jóvenes, en colaboración con la iniciativa de la Concejalía de Juventud, con el fin de fomentar la participación de la mayor parte de la sociedad segorbina en las actividades municipales, con independencia de sus ingresos, considerando que éstos no deben ser obstáculo para disfrutar del tiempo de ocio.
Por otra parte, se presentó la Memoria de actividad del 2011 ante la FVMP en el mes de octubre, y ésta resolvió conceder una subvención de 7.500 € tras comprobar la intensa actividad con el colectivo de inmigrantes. Éstos en particular son los primeros que han perdido sus empleos, sobre todo los que trabajaban en situación de temporalidad. Además, muchos de ellos, con la intención de establecerse definitivamente en España, habían adquirido una vivienda y se encontraban pagando una hipoteca cuando llegó la crisis. Muchos de ellos han perdido su vivienda y han regresado a sus países de origen. Como dato significativo, hay que recordar que en 2002, cuando se produjo el “boom” de la inmigración, casi el 80% de la población inmigrante en Segorbe procedía de Sudamérica, y el colectivo de rumanos y marroquíes era insignificante. Ahora mismo, la población rumana y la marroquí se han multiplicado exponencialmente, y el colectivo de inmigrantes procedentes de Sudamérica es residual.
En el día Internacional contra la Violencia de Género se celebró un acto público en el que se leyó un manifiesto de repulsa, sin participación de los partidos políticos en la oposición.
En el centro ocupacional se siguen atendiendo a 36 personas con discapacidad, que trabajan en los talleres de cerámica, carpintería, encuadernación y manualidades. Los usuarios y usuarias del Centro Ocupacional participaron en el encuentro deportivo organizado por AFANIAS en Castellón, consiguiendo un montón de premios, y siendo especialmente aclamados por el público asistente.
Actualmente, son más de 60 familias las beneficiarias de algún tipo de prestación de emergencia social por problemas económicos. Es la verdadera cara de la tragedia. La de las personas que han perdido su empleo y agotado sus recursos. En este sentido, se sigue apostando por ayudar económicamente a quienes carecen de alternativas, a cuyo objeto, el área de bienestar social es la única que no ha sufrido recorte alguno para 2012.
En idéntico sentido, tanto los/as empleados/as municipales como el Equipo de Gobierno decidieron, en el mes de diciembre, hacer una donación, con cargo a sus nóminas, para solidarizarse con las familias segorbinas más desfavorecidas, y hacerles llegar los alimentos más básicos.
Así pues, la implicación del Ayuntamiento de Segorbe con el bienestar social no sólo se manifiesta en las directrices del Equipo de Gobierno, sino en la propia actitud de los empleados y empleadas municipales.
Esperamos que esta actitud cale igualmente, y se extienda al resto de la sociedad segorbina.
Soledad Santamaría Lara
Concejal de Bienestar Social
Desde el área de bienestar social se persiguen unos objetivos claros de redistribución social: paliar las necesidades básicas, mejorar la calidad de vida de las personas dependientes y sus cuidadores, y de inserción de todos los colectivos sin distinción. Con estos objetivos se han realizado actuaciones muy diversas:
Se ha colaborado con la asociación de jubilados de nuestra localidad, que aglutina a casi 1500 socios, con 1650 € con el fin de fomentar la actividad de nuestros mayores. Se ha participado en diversos programas de cooperación internacional desarrollados por ONGs con implantación en nuestra zona. Así, “Aniuk-cas”, de ayuda a los niños ucranianos recibió 800 €, la Entidad Proyso recibió otros 800 € para un centro nutricional en la ciudad de Evinayong que está construyendo la ONG en Guinea Ecuatorial, y otros 800 € para las actividades de Manos Unidas. Además se renovó el convenio con Cáritas para la prestación de alimentos no perecederos para los más necesitados por importe de 2.000 €, y la colaboración con servicios sociales de esta Entidad es permanente.
Se realizó la cuarta feria del voluntariado, con la participación de 8 ONGs de voluntarios, para la que se recibió una subvención de 500 € de la Fundación Bancaja. En materia de voluntariado, acaba de finalizar recientemente la campaña “un juguete, una sonrisa” que, con la colaboración de Cruz Roja, entrega cada año juguetes a los niños pertenecientes a las familias más desfavorecidas.
Y en la misma tónica de solidaridad, se amplió la plantilla de servicios sociales en una trabajadora social de refuerzo a los municipios de nuestra zona, que han ganado en prestaciones y atención directa, ya que tienen acceso en su propio municipio a los servicios sociales una vez por semana.
Se renovó el concierto del programa “menjar a casa”, con 15 usuarios y un presupuesto de casi 8000 €, y se atendió a más de 65 familias en el servicio de ayuda a domicilio. Además, ya son más de 500 las gestiones que se han llevado a cabo en el servicio de atención a la dependencia (tramitaciones, revisiones, informes del entorno, Planes Individualizados de Atención), y se realizó un curso de formación para los cuidadores habituales de personas dependientes, impartido por la Consellería de Bienestar Social con el fin de mejorar la calidad de la atención de las personas dependientes en sus domicilios y la de sus cuidadores.
Además, durante el 2011, se financió con recursos de servicios sociales los descuentos en las entradas a espectáculos para desempleados y jóvenes, en colaboración con la iniciativa de la Concejalía de Juventud, con el fin de fomentar la participación de la mayor parte de la sociedad segorbina en las actividades municipales, con independencia de sus ingresos, considerando que éstos no deben ser obstáculo para disfrutar del tiempo de ocio.
Por otra parte, se presentó la Memoria de actividad del 2011 ante la FVMP en el mes de octubre, y ésta resolvió conceder una subvención de 7.500 € tras comprobar la intensa actividad con el colectivo de inmigrantes. Éstos en particular son los primeros que han perdido sus empleos, sobre todo los que trabajaban en situación de temporalidad. Además, muchos de ellos, con la intención de establecerse definitivamente en España, habían adquirido una vivienda y se encontraban pagando una hipoteca cuando llegó la crisis. Muchos de ellos han perdido su vivienda y han regresado a sus países de origen. Como dato significativo, hay que recordar que en 2002, cuando se produjo el “boom” de la inmigración, casi el 80% de la población inmigrante en Segorbe procedía de Sudamérica, y el colectivo de rumanos y marroquíes era insignificante. Ahora mismo, la población rumana y la marroquí se han multiplicado exponencialmente, y el colectivo de inmigrantes procedentes de Sudamérica es residual.
En el día Internacional contra la Violencia de Género se celebró un acto público en el que se leyó un manifiesto de repulsa, sin participación de los partidos políticos en la oposición.
En el centro ocupacional se siguen atendiendo a 36 personas con discapacidad, que trabajan en los talleres de cerámica, carpintería, encuadernación y manualidades. Los usuarios y usuarias del Centro Ocupacional participaron en el encuentro deportivo organizado por AFANIAS en Castellón, consiguiendo un montón de premios, y siendo especialmente aclamados por el público asistente.
Actualmente, son más de 60 familias las beneficiarias de algún tipo de prestación de emergencia social por problemas económicos. Es la verdadera cara de la tragedia. La de las personas que han perdido su empleo y agotado sus recursos. En este sentido, se sigue apostando por ayudar económicamente a quienes carecen de alternativas, a cuyo objeto, el área de bienestar social es la única que no ha sufrido recorte alguno para 2012.
En idéntico sentido, tanto los/as empleados/as municipales como el Equipo de Gobierno decidieron, en el mes de diciembre, hacer una donación, con cargo a sus nóminas, para solidarizarse con las familias segorbinas más desfavorecidas, y hacerles llegar los alimentos más básicos.
Así pues, la implicación del Ayuntamiento de Segorbe con el bienestar social no sólo se manifiesta en las directrices del Equipo de Gobierno, sino en la propia actitud de los empleados y empleadas municipales.
Esperamos que esta actitud cale igualmente, y se extienda al resto de la sociedad segorbina.
Soledad Santamaría Lara
Concejal de Bienestar Social
miércoles, 28 de diciembre de 2011
Moliner insta a empresarios y administraciones a promocionar conjuntamente el Alto Palancia como producto turístico
El presidente de la Diputación de Castellón, Javier Moliner, ha mantenido un encuentro con los principales empresarios turísticos del Alto Palancia para buscar fórmulas promocionales que permitan potenciar a la comarca en 2012 como un destino preferente de interior. La reunión ha tenido lugar en el Ayuntamiento de Segorbe, en el que su alcalde, Rafael Calvo, ha ejercido como anfitrión.
Moliner, lejos de conformarse con el impulso económico logrado gracias a la declaración de la Entrada de Toros y Caballos como fiesta de interés internacional, ha insistido ante una decena de empresarios locales en que “hay que aprovechar este icono para organizar toda una oferta complementaria a su alrededor. Desde la Diputación estamos trabajando por vertebrar rutas turísticas que impliquen todos los atractivos de la provincia, desde las playas hasta el patrimonio interior y nuestra cultura".
En esta línea, el presidente de la Diputación, que estuvo acompañado por el diputado de Turismo de Interior, José Pons, eludió en todo momento el conformismo y reclamo a los empresarios “adoptar soluciones a corto plazo para impulsar aún más el turismo en esta comarca, porque las urgencias económicas exigen soluciones a corto plazo”. No hay que olvidar que desde su llegada a la Diputación de Castellón, Moliner ha puesto el foco de acción en la promoción turística de la provincia para generar más ingresos en la provincia y que se pueda cambiar la dinámica, a positivo, del mercado laboral.
“Administraciones y empresarios debemos ir de la mano para plantear la ofertas que el mercado nos pide, de forma activa. El producto ya está consolidado, pero ahora hay que mejorar la red de comercialización para llegar a nuevos clientes”, les ha espetado Javier Moliner, al que también acompañaron el vicepresidente Miguel Barrachina, así como los diputados Vicent Sales y Héctor Folgado.
Calvo ha garantizado el apoyo municipal a los empresarios “para mejorar nuestra oferta, que se ha visto potenciada gracias a inversiones de Generalitat y Diputación, junto a la del Ayuntamiento, tanto en la rehabilitación del patrimonio cultural, como museístico de Segorbe”. Algo que, junto a la iniciativa empresarial, les ha permitido la concesión de la ‘Q’ de calidad por parte del Gobierno.
Moliner ha ofrecido el paraguas del Patronato Provincial de Turismo para incentivar la promoción del Alto Palancia. Así, facilitará el contacto con algunos turoperadores a los que no pueden llegar los empresarios locales para que puedan conocer de primera mano la oferta turística del Alto Palancia, que se añadirá a las que ya realizan los propios empresarios reunidos en Segorbe.
No en vano, en 2012 está prevista una importante labor de promoción turística de la marca Castellón tanto en los mercados internacionales, como en el nacional.
De hecho, la Diputación y los empresarios locales acordaron plantear iniciativas que les permitan incrementar las visitas procedentes tanto de Valencia y Alicante, como de Castellón, que consideran que “aún no conoce las posibilidades recreativas, culturales y gastronómicas que aquí ofrecemos”. La mejora de las comunicaciones, con la autovía Mudéjar y la de la Plana, abren un mercado potencial de cinco millones de personas.
En este camino de cooperación, Diputación y empresarios plantearán la creación de productos turísticos que incluyan opciones museísticas, de patrimonio cultural, de naturaleza y gastronómico. Esta oferta complementaria permitirá ampliar las visitas habituales de un día, a estancias más largas.
Un apoyo muy importante para esta promoción será la puesta en marcha del Hotel Spa Martín I El Humano –que ha visitado Moliner-, prevista para la próxima primavera, y que será un hito que ejercerá un efecto locomotora para multiplicar el número de estancias en Segorbe, así como garantizar un turismo de mayor poder adquisitivo. “Se trata de que los turistas se vayan con los bolsillos vacíos, pero con una sonrisa en la cara”, bromeó el presidente de la Diputación, para luego puntualizar que “eso se consigue con una amplia oferta y un servicio impecable a un precio competitivo”.
Fuente: laplanaladia.com
Moliner, lejos de conformarse con el impulso económico logrado gracias a la declaración de la Entrada de Toros y Caballos como fiesta de interés internacional, ha insistido ante una decena de empresarios locales en que “hay que aprovechar este icono para organizar toda una oferta complementaria a su alrededor. Desde la Diputación estamos trabajando por vertebrar rutas turísticas que impliquen todos los atractivos de la provincia, desde las playas hasta el patrimonio interior y nuestra cultura".
En esta línea, el presidente de la Diputación, que estuvo acompañado por el diputado de Turismo de Interior, José Pons, eludió en todo momento el conformismo y reclamo a los empresarios “adoptar soluciones a corto plazo para impulsar aún más el turismo en esta comarca, porque las urgencias económicas exigen soluciones a corto plazo”. No hay que olvidar que desde su llegada a la Diputación de Castellón, Moliner ha puesto el foco de acción en la promoción turística de la provincia para generar más ingresos en la provincia y que se pueda cambiar la dinámica, a positivo, del mercado laboral.
“Administraciones y empresarios debemos ir de la mano para plantear la ofertas que el mercado nos pide, de forma activa. El producto ya está consolidado, pero ahora hay que mejorar la red de comercialización para llegar a nuevos clientes”, les ha espetado Javier Moliner, al que también acompañaron el vicepresidente Miguel Barrachina, así como los diputados Vicent Sales y Héctor Folgado.
Calvo ha garantizado el apoyo municipal a los empresarios “para mejorar nuestra oferta, que se ha visto potenciada gracias a inversiones de Generalitat y Diputación, junto a la del Ayuntamiento, tanto en la rehabilitación del patrimonio cultural, como museístico de Segorbe”. Algo que, junto a la iniciativa empresarial, les ha permitido la concesión de la ‘Q’ de calidad por parte del Gobierno.
Moliner ha ofrecido el paraguas del Patronato Provincial de Turismo para incentivar la promoción del Alto Palancia. Así, facilitará el contacto con algunos turoperadores a los que no pueden llegar los empresarios locales para que puedan conocer de primera mano la oferta turística del Alto Palancia, que se añadirá a las que ya realizan los propios empresarios reunidos en Segorbe.
No en vano, en 2012 está prevista una importante labor de promoción turística de la marca Castellón tanto en los mercados internacionales, como en el nacional.
De hecho, la Diputación y los empresarios locales acordaron plantear iniciativas que les permitan incrementar las visitas procedentes tanto de Valencia y Alicante, como de Castellón, que consideran que “aún no conoce las posibilidades recreativas, culturales y gastronómicas que aquí ofrecemos”. La mejora de las comunicaciones, con la autovía Mudéjar y la de la Plana, abren un mercado potencial de cinco millones de personas.
En este camino de cooperación, Diputación y empresarios plantearán la creación de productos turísticos que incluyan opciones museísticas, de patrimonio cultural, de naturaleza y gastronómico. Esta oferta complementaria permitirá ampliar las visitas habituales de un día, a estancias más largas.
Un apoyo muy importante para esta promoción será la puesta en marcha del Hotel Spa Martín I El Humano –que ha visitado Moliner-, prevista para la próxima primavera, y que será un hito que ejercerá un efecto locomotora para multiplicar el número de estancias en Segorbe, así como garantizar un turismo de mayor poder adquisitivo. “Se trata de que los turistas se vayan con los bolsillos vacíos, pero con una sonrisa en la cara”, bromeó el presidente de la Diputación, para luego puntualizar que “eso se consigue con una amplia oferta y un servicio impecable a un precio competitivo”.
Fuente: laplanaladia.com
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